En la nueva reforma de la constitución provincial, todas las comunas pasarán a denominarse Municipios
Lo establece el artículo 106 de la sección séptima. Las elecciones serán cada 4 años.
La provincia de Santa fe dará un paso histórico al habilitar la reforma parcial de la Constitución provincial que rige desde 1962 y que propone reformar más de 40 artículos.
La reforma propuesta contempla modificaciones en 43 artículos de la actual Constitución, abriendo la puerta a cambios significativos en los tres poderes del Estado.
Entre ellos, destaca la habilitación de la reelección del gobernador y vicegobernador, un sistema de elección de diputados mediante el método DHont y reformas en el funcionamiento del Poder Judicial. Asimismo, se propone unificar los mandatos municipales y comunales a cuatro años y otorgar autonomía a ciudades de primera categoría.
La reforma prevé que una Convención Reformadora, compuesta por 50 miembros elegidos mediante un sistema proporcional, lidere el proceso de actualización constitucional. Cada departamento elegirá un representante uninominal, y se requerirá al menos un 2,5% de los votos del padrón electoral para participar en la distribución de cargos.
La elección de estos convencionales se realizará simultáneamente con las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias de 2025, utilizando el sistema de boleta única. La Convención, que se instalará en la ciudad de Santa Fe, tendrá un plazo máximo de 60 días corridos para concluir sus deliberaciones, asegurando un marco temporal ajustado para el debate y la adopción de las reformas.
En cuanto al artículo 106 de la scción séptima, el mismo indica textualmente Artículo 106: Establecer que todas las poblaciones se organizan como municipios de conformidad con la ley que la Legislatura dicte, la que podrá establecer diferentes categorías según su relevancia geográfica, poblacional o funcional.